[vc_row fullwidth=»» textcolor=»default» bgtype=»default» parallax=»» bg_type=»bg_color» bg_color_value=»#ffffff» video_opts=»» multi_color_overlay=»» css=».vc_custom_1431374719811{margin-top: 0px !important;border-top-width: 0px !important;padding-top: 0px !important;}»][vc_column width=»2/3″ css=».vc_custom_1431363070942{margin-top: 0px !important;border-top-width: 0px !important;padding-top: 0px !important;padding-right: 15px !important;padding-bottom: 0px !important;background-color: #def4f4 !important;}»][vc_column_text css=».vc_custom_1436973107185{padding-top: 5px !important;padding-bottom: 5px !important;}»]El derecho español regula diversas clases de sociedades, las cuales necesitan para su constitución el otorgamiento de escritura pública ante notario. Además desde la notaría se facilitan todos los trámites previos (obtención de la denominación social) o posteriores (CIF, inscripción en el registro mercantil, etc.).

La empresa se puede ejercer como persona física (autónomo) o como sociedad, normalmente de capital (limitada o anónima). Lo más frecuente en la práctica es la creación de una sociedad limitada, que exige escritura pública e inscripción en el Registro Mercantil. Con ello la sociedad tiene personalidad independiente y el socio no responde con su patrimonio personal de las deudas empresariales.

Como paso previo para la constitución de una sociedad limitada, hay que obtener el nombre de la sociedad (denominación social) en el registro mercantil central; un certificado bancario si las aportaciones son en metálico; y los estatutos sociales. Firmada la escritura, se obtiene el CIF provisional, se liquida el impuesto (actualmente exento) y se envía a su inscripción en el registro mercantil. Desde la notaría se facilita la realización de todos los trámites y gestiones descritos.

No obstante, hay formas especiales para constituir sociedades y tipos especiales (sociedad laboral, profesional, etc.), para lo que resulta recomendable ponerse en contacto con la notaría.

 

La información contenida en esta página web es orientativa, de modo que las circunstancias del caso, el tipo de bienes, las condiciones personales o la fiscalidad aplicable aconsejan que se ponga en contacto con la notaría para que reciba un asesoramiento personalizado. [/vc_column_text][/vc_column][vc_column width=»1/3″ css=».vc_custom_1432144237503{padding-right: px !important;}»][vc_wp_custommenu nav_menu=»6″ title=»Servicios Notariales»][/vc_column][/vc_row]